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Fallos: 315:418 de la CSJN Argentina - Año: 1992

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- Dichos actos son eficaces, afirmó, desde el 20 de noviembre de 1984, fecha en que el actor y su sucesor tomaron conocimiento de ellos; tan es así, que el primero percibió sus haberes hasta el 20 de noviembre de 1984.

Ello, desde su punto de vista, implica que la retractación fue extemporánea, pues el Poder Ejecutivo ya había aceptado la renuncia y sólo restaba la notificación que le dio ejecutoriedad.

. -JII- .

El Superior Tribunal'de Justicia de la Provincia de San Luis desestimó la demanda a fs. 245/248. Consideraron los jueces necesario establecer el alcance jurídico de la.

nota glosada a fs. 5 del Expte. nro. 158.995 C.84, agregado por cuerda; y concluyeron que contiene una renuncia incondicionada del actor, de acuerdo con doctrina que citaron.

Señalaron que, a fs. 94, obra una fotocopia de la página 3 del Boletín Oficial, de fecha 14 de noviembre de 1984, donde se publicó la designación de Miguel Antonio Roca en el cargo que desempeñaba el actor, quien .

pretende retractarse de su renuncia en fecha posterior, el 20 de noviembre, según escritura obrante en copia a fs. 4.

Resulta entonces, según los magistrados, que el decreto 2898, del 14 de noviembre de 1984, por el cual se aceptó la renuncia del actor, no puede ser impugnado por éste, desde que conocía que, en su cargo, había sido designado el Sr. Roca, conforme publicación en el Boletín Oficial del decreto 2897, aún cuando este no se le hubiera notificado.

— -IV- .

Disconforme, el accionante dedujo la apelación extraordinaria de fs.

250/262.

Sostiene -en lo esencial- que el fallo es arbitrario, porque el alcance asignado a la pieza de fs. 5 del expte. Nro. 158.995/84 traduce un flagrante .

desconocimiento de las normas vigentes al momento de emitirse los actos cuestionados. Así la ley 3809 dispone que la renuncia debe ser expresa y por escrito; concordando con el Código Civil, pues la intención de renun

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:418 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-315/pagina-418

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