as í L HUGO MOSER RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales. .
Es inadmisible el recurso extraordinario contra la sentencia que absolvió al imputado de injurias (art. 280 del Código Procesal) (1).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Costas y honorarios.
Es admisible el recurso extraordinario contra la decisión que impuso las costas, cuando prescindió de efectuar un adecuado tratamiento de la cuestión, de acuerdo con las constancias de la causa (Disidencia parcial de los Dres. Mariano Augusto + Cavagna Martínez, Rodolfo C- Barra y Carlos S. Fayt) (2).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que impuso las costas al actor, pues habiendo prosperado parcialmente su planteo, el criterio de imposición adoptado está alejado de una prudente compensación (Disidencia parcial de los Dres. Mariano Augusto Cavagna Martínez, Rodolfo C. Barra y Carlos S. Fayt).
. AGUSTINA ESTRELLA MUÑOZ v. INSTITUTO NACIONAL DE PREVISION SOCIAL CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN DE'La INDUSTRIA, COMERCIO y ACTIVIDADES CIVILES RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del, recurso. Defectos en la fundamentación normativa.
Es admisible el recurso extraordinario contra la sentencia que rechazó la jubilación ordinaria por considerar que no se habían acreditado los servicios denunciados, si se ha utilizado un criterio riguroso en el examen de las constancias de la causa, y respecto del esclarecimiento de los hechos, ha prescindido de las facultades que le 2) 10 de noviembre. .
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:2685
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