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Fallos: 315:2620 de la CSJN Argentina - Año: 1992

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MARTHA BEATRIZ BAUHOFFER v. GUSTAVO GABRIEL LOPEZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Exclusión de las cuestiones de hecho. Varias. Los agravios referentes a la valoración de las actitudes procesales y a la proceden- .

cia de la sanción impuesta, remiten al examen de cuestiones fácticas y de derecho no federal, materia propia de los jueces de la causa y ajena, como regla y por su naturaleza, al remedio del art. 14 de la ley 48.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias .

arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa. —"Corresponde dejar sinefecto la sentencia que impuso una multa con fundamento en el art: 35 del Código Procesal, si el monto máximo de la sanción prevista en dicha .

norma es inferior a la suma fijada. .

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 3 de noviembre de 1992.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Bauhoffer, Martha Beatriz c/ López, Gustavo Gabriel", para decidir Sobre su procedencia. .

Considerando:

1 Que contra el pronunciamiento de la Sala 1 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que confirmó la resolución de primera instancia que había impuesto una multa a la actora -letrada en causa propia-, ésta interpuso el recurso extraordinario cuyo rechazo origina la presente queja. -

2") Que, a tal efecto, el a quo estimó que el derecho de los litigantes de .

criticar las decisiones judiciales debía ser ejercido con la debida prudencia y respeto, sin meñoscabar el decoro de los jueces y de las partes intervinientes, lo que obligaba a proceder con mesura y circunspección acordes con la dignidad que la ley asignaba a la profesión y que obviamen te suponía una consideración recíproca.

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:2620 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-315/pagina-2620

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