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en su art. 49, ello no exime al trabajador de la carga de la prueba de conformidad con los términos de la Ziris y una razonable interpretación de los principios del "onus probandi" cuando se ha negado en forma expresa la producción del infortunio (Disidencia de los Dres. Augusto César Belluscio, Eduardo Moliné O'Connor y Antonio Boggiano).
PRUEBA: Principios generales.
La arbitraria prescindencia de la carga probatoria lesiona la garantía de la defensa en juicio y el debido proceso (Disidencia de los Dres. Augusto César Belluscio, Eduardo Moliné O'Connor y Antonio Boggiano).
LUIS ALBERTO ODDONE y Cla. ASESORES FINANCIEROS S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.
Los tribunales de alzada no pueden exceder la jurisdicción que les acuerdan los recursos concedidos para ante ellos, pues si se prescinde de esa limitación resolviendo cuestiones ajenas al recurso, se afectan las garantías constitucionales de la defensa en juicio y de la propiedad. RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.
Es arbitraria la sentencia que dejó sin efecto la regulación practicada en primera instancia, incurriendo en exceso jurisdiccional, puesto que no se había cuestiona— do la procedencia de los emolumentos fijados sino que sólo se los apeló por altos.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
"Buenos Aires, 13 de agosto de 1992.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Julián Esteban Anastasio en la causa Luis Alberto Oddone y Compañía Asesores Finan
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:1653
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