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Fallos: 315:1169 de la CSJN Argentina - Año: 1992

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DISIDENCIA PARCIAL DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON RICARDO LEVENE (H) Y DE
LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO Y DON
. ANTONIO BOGGIANO Considerando:

Que los suscriptos, con excepción de lo referente a las costas, comparten y hacen suyas las consideraciones vertidas en el voto que antecede, a lás que se remiten por razones de brevedad.

Por ello, se resuelve: Revocar la sentencia apelada, rechazando la demanda y haciendo lugar a la reconvención con los alcances que resultan de este fallo..Con costas. Notifíquese y devuélvase. .
RICARDO LEVENE (H) - AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO.

MUNICIPALIDAD pE LA PLATA v. EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Juicios en que la Nación es parte.

Procede el recurso ordinario de apelación si el valor cuestionado, actualizado a la fecha de interposición, supera el mínimo establecido en el art. 24, inc. 6, apartado a), del decreto-ley 1285/58.

RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores. Procede el recurso ordinario de apelación en una ejecución fiscal, si la sentencia que pone fin a la controversia impide su continuación, privando al interesado de otros medios legales para la tutela de su derecho, atento a la limitación contenida en el art. 553, cuarto párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación .

IMPUESTO: Principios generales. El art. 19 de la ley 22.016, que derogó "...todas las disposiciones de leyes naciona les ya sean generales, especiales o estatutarias, en cuanto eximen o permiten capi

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:1169 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-315/pagina-1169

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