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Fallos: 314:785 de la CSJN Argentina - Año: 1991

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CAROLA ROSA CALIGARIS
N JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos en perjuicio de los bienes y rentas de la Nación y de sus entidades autárquicas.

No es de la competencia federal la causa en la que se investiga la venta de rifas invocando falsamente el nombre, como patrocinante, de una supuesta fundación a formarse para ayudar a un hospital nacional, pues sólo habría perjudicado los intereses económicos de los particulares que las adquirieron. .

DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL -
Suprema Corte:

A fs. 3 del presente incidente, el señor Juez en lo Criminal de Morón a cargo del Juzgado N° 6 declinó competencia en favor del señor Juez Federal de aquella localidad para conocer de la causa que se inició con motivo de la denuncia y efectuada por Carola Rosa Caligaris, en su carácter de empleada del Hospital Nacional doctor Alejandro Posadas. .

En ella da cuenta de que autores ignorados habrían vendido rifas a beneficio de una "Fundación Profesor Horacio Toccalino" que estaría por crearse con el fin de cooperar con el citado nosocomio. .

El magistrado local fundó su resolución en la afectación que el hecho ilícito produciría en el patrimonio nacional.

Por su parte, el Juez Federal no aceptó la competencia atribuída sobre la base de qué la conducta descripta tendría como sujetos pasivos a los particulares y no al Estado Nacional. - , Con a insistencia por parte del funcionario local a fs. 6 se da por trabada esta contienda. Toda vez que V.E. tiene reiteradamente establecido que el fuero de excepción es competente cuando se haya logrado probar fehacientemente que las maniobras llevadas a cabo afecten directamente a la Nación (Fallos: 300:1252 ) circunstancia que en el caso no se da, pues el hecho descripto anteriormente sólo provocó un

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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:785 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-314/pagina-785

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