4) Que el accidente tuvo lugar en un paso a nivel situado en zona urbana de la ciudad de Quilmes, provincia de Buenos Aires. Según el dictamen pericial técnico producido en la causa, que no fue objeto de impugnaciones por las partes, el cruce ferroviario atraviesa la calle Triunvirato, de doble mano y de intenso tránsito en ambos sentidos, y de la que sale otra calle en forma paralela a las vías del tren, con sentido único de circulación. El paso a nivel se encuentra señalizado en forma automática, mediante barreras y señales fonoluminosas.
5) Que de acuerdo con la descripción efectuada por el perito ingeniero electromecánico, existía en el cruce ferroviario una única alarma sonora, ubicada en la barrera opuesta a la que accedía el automóvil conducido por el codemandado Strapoli y su intensidad sonora era mediana y habría resultado poco audible desde un vehículo que circulara en la forma en que lo hacía el que se accidentó, particularmente si tenía las ventanillas cerradas.
Las señales visuales (semáforos rojos) situadas junto al sistema de accionamiento de cada barrera, fueron descriptas por el experto como de pequeño tamaño, poca luminosidad e indebida ubicación, por la que sólo resultaban visibles para los conductores de automóviles en forma oblicua y condificultad. Las barreras sólo medían2,5m de longitud, y aún encontrándose bajas no interferían con la trayectoria de los vehículos que efectuaban el cruce. L Añádese a ello que en los terrenos del ferrocarril lindantes con las vías, había pastizales de diversa altura, lo que unido al desnivel del cruce, podía dificultar la visión de un tren que se acercaba. Las vías, en ese sector, presentaban una curva cercana al pasó a nivel, según fue gráficamente expresado por el perito en el croquis que acompañó a su dictamen.
Por otra parte, la simple observación de las fotografías que obran en la causa, indica que las barreras, por su escasísima longitud y su consiguiente falta de interferencia con el espacio libre del cruce, eran difícilmente perceptibles por los conductores que las atravesaban (£s. 187).
Puntualízase también que el accidente tuvo Iugar temprano enla mañana, y que en razón del sentido de circulación del vehículo y la altura del Sol en esa época del año, era posible que el conductor tuviese disminuida la visibilidad por encandilamiento, según lo aprecia el perito técnico.
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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:1902
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