concertado entre sujctos que representan grupos sociales concretos con intereses opuestos, con el fin de establecer obligaciones de alcance general para los integrantes de tales grupos. La fase de negociación entre las partes culmina en un acto normativo producto de la autonomía de la voluntad de las partes contratantes, que asume por el proceso de igualación, condición de ley profesional material. No se trata de una ley estatal; de la que se distingue tanto cualitativa como cuantitativamente, orientada siempre al bien común o general. Es un producto de la autonomía de un sector profesional o empresario, protagonistas de la bilateralidad del acto y no de los órganos legislativos del Estado, donde se expresan los representantes del pueblo como entidad política. De ahí la referencia a su origen extraestatal. Pero siempre el poder normativo es privado, no son normas públicas. y los intereses que regulan, aún siendo sectoriales o grupales, siguen siendo privados. La homologación, en esencia, implica control de compatibilidad del convenio con el interés público, un medio de protección del interés general, de modo que la vigencia del convenio colectivo laboral no afecte la situación económica general osignifique un detrimento en las condiciones de vida de lapoblación consumidora (ley 14.250 y decreto reglamentario 6852/54).
6) Que de este modo el derecho de las convenciones colectivas regula los aspectos formales y materiales de los acuerdos celebrados entre las organizaciones profesionales detrabajadores, que representan genéricamente laoferta de trabajo, y las organizaciones de empresas o empleadores, que representan genéricamente la demanda de trabajo.
Que esa regulación legal comprende disposiciones que contienen los contratos individuales de trabajo de todos los trabajadores y empleadores, afiliados o no a las organizacionescontratantes, en lasactividades y áreas de aplicación objeto del convenio.
Que la convención colectiva constituye una unidad cuyo contenido normativo adquiere efectos obligatorios que lo hacen, en este punto, equivalente a una ley, por delegación del Estado en su carácter de titular del poder de sancionar normas de obligatoriedad general. Esasí como un convenio colectivo seconviertcenley profesional por un acto del poder público. El Estado es quien dispone que los efectos del convenio colectivo seextiendan más allá de las partes contratantes. Sujeta la convención colectiva al cumplimiento de los requisitos que la ley determina, éstos no cambian la naturaleza de la convención sino sus efectos, que de este modo se convierten en obligatorios para los contratos individuales de trabajo. Es decir, su regulación de una determinada actividad económica y su obligatoriedad se explican por su homologación. esto es, su igualación a normas jurídicas en sí. De ahí que dentro de este marco jurídico se reconozca a las convenciones colectivas el carácter de fuente material de derecho de origen extraestatal.
7) Que en su aspecto funcional, las convenciones colectivas constituyen un instrumento de adecuación de la política social a los requerimientos de los sectores del trabajo, con efectos cn los términos de la ecuación económica general. De ahí su
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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:685
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