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INDUSTRIA AZUCARERA. - -
La intervención estatal en el campo de la industria azucarera trae aparejadas tanto importantes ventajas, de las que no gozan quienes se dedican a la producción de otros artículos, sustanciales restricciones a la comercialización y producción de la materia. 
INDUSTRIA AZUCARERA.
La obligación de exportar, aun a pérdida, es una de aquellas restricciones impuestas por el Estado en el mercado azucarero con miras a obtener una mejor protección del interés común y que, como tal, encuentra como contraprestación adecuada importantes ventajas en el mercado interno. 
DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Casos varios. , Cuando la actividad lícita de la autoridad administrativa, aunque inspirada en propósitos de interés colectivo, se constituye en causa eficiente de un perjuicio para los particulares, cuyo derecho se sacrifica por aquel interés general, esos daños deben ser atendidos en el campo de la responsabilidad del Estado por su obrar lícito (Voto del Dr. Carlos S. Fayt).
DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Casos varios.
La realización de las obras requeridas para el correcto cumplimiento de las funciones estatales atinentes al poder de policía, como el resguardo de la vida, la salud, la tranquilidad y aun el bienestar de los habitantes, si bien es ciertamente lícita, no impide la responsabilidad del Estado en la medida en que con aquellas obras se prive a un tercero de su propiedad o se la lesione en sus atributos esenciales (Voto del Dr. Carlos S. Fayt). .
FALLO DE LA CORTE SUPREMA M Buenos Aires, 31 de octubre de 1989.
Vistos los autos: "Ledesma S.A. Agrícola Industrial c/ Estado Nacional (Mrio. de Economía) s/ nulidad de resolución".
— Considerando: . . 1) Que contra el pronunciamiento de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal de
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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:2023 
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