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Fallos: 312:1313 de la CSJN Argentina - Año: 1989

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Ello surge con claridad si se analizan por separado los elementos que tuvo en cuenta el tribunal a quo para valorar la materialidad del hechoinvestigado, y realizar el juicio excluyente de responsabilidad del acusado.

La descripción del mecanismo de producción de la muerte de Ramón Pérez se basa en circunstancias demostradas, casi sin contradicción con los elementos reunidos. Esta se produjo como consecuencia del shock anafiláctico causado por la aplicación del calmante inyectable "Lisalgil", compuesto por sustancias que reciben la denominación genérica de pirazolona, a la que la víctima era alérgica.

Elaquo también tuvo por cierto que el acusado Abelenda recetó ese analgésico a Pérez conociendo expresamente su condición de alérgico a la pirazolona que, a la sazón, es utilizada en gran cantidad de calmantes (fs. 118).

Sin embargo, el razonamiento pierde toda lógica cuando, para analizar la responsabilidad penal de aquél, con absoluta independencia de ese grave cuadro probatorio, sólo tiene en cuenta los dichos del imputado, omitiendo valorar además circunstancias relevantes expresamente consignadas en el voto de la minoría, acreditados en autos.

Porunlado, la circunstancia invocada por Abelenda de queno surge del prospecto del medicamento su composición química, a la que el Tribunal adiciona una supuesta confirmación por parte de los Médicos Forenses, carece de todo sustento, toda vez que el término "pirazolona" Y comprende una gama de sustancias químicas, tal como surge del informe de fs. 117/120 y, tanto en esos resúmenes como en el vademécum utilizado en medicina, aquéllas se consignan con sus nombres específicos y no en base a designaciones genéricas.

Porotra parte, se omite considerar la circunstancia fundamental de que, según el propio prospecto indica, en el rubro contraindicaciones "debe emplearse con precaución en pacientes con antecedentes de hipersensibilidad a los analgésicos de este grupo..." (v. fs. 129), de donde se desprende que, aun aceptando que la descripción química pudiera ser defectuosa, es indudable que el acusado indicó ese analBésico a un alérgico sin tomar precaución alguna y sin conocer a qué grupo pertenecía, a pesar de la advertencia transcripta precedentemente. .

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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:1313 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-312/pagina-1313

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