EMILIA IRMA FRIEBOES DE BENCICH RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que, luego de rechazar la pretensión de elevar la tasa de interés, impuso las costas en el orden causado, considerando "harto opinable" que la represión de la conducta del deudor que obtuvo una medida cautelar sin derecho, y el resarcimiento del daño consecuente, no podía satisfacerse encareciendo el tipo de interés, siendo que éste era otro tema, que no convirtió en dudosa la solución dispuesta en orden a la tasa aplicable (1).
ROMAN BUSTOS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal superior.
Corresponde desestimar el recurso extraordinario, toda vez que no se dirige contra una resolución del tribunal superior de la causa, pues no obstante que los hechos ocurrieron con anterioridad a sancionarse la ley 23.049, en caso de no estar firme la sentencia del tribunal militar, como consecuencia de la falta de notificación, correspondía deducir el recurso del art. 445 bis del Cádigo de Justicia Militar ante la Cámara Federal de Apelaciones correspondiente para el tratamiento de los agravios del recurrente (2).
—_ OSCAR SERGI
SUPERINTENDENCIA. .
Si la cesantía que pretende impugnarse fue precedida por una conducta que es apta para originar en forma objetiva una situación de sospecha o desconfianza hacia el agente, ello excluye la arbitrariedad de la sanción.
SECRETARIO DE JUZGADO. - !
El deber de custodia y directa responsabilidad que les compete a los secretarios . respecto de los expedientes y documentos a su cargo (art. 163, inc. 5", ley 1893) no puede enervarse por el hecho de valorar como "error" la falta de diligencia demostrada. ° .
1) 5 de abril 2) 5 de abril. Fallos: 307:1018 .
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:445
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