b) Se afirma que quienes contribuyeron a estructurar la estrategia criminal no podrán luego considerarse afectados por el grado de coacción o error que su existencia trajo aparejado.
€) Se toma especialmente en cuenta para el análisis por un lado, el marco normativo que sirvió de cobertura a la actividad antisubersiva y, por otro, teniendo en cuenta el carácter atípico asignado a la lucha, las modalidades con que, en cada caso, se ejerció el mando.
d) Se establece el concepto de capacidad decisoria a través de la comprobación de que el imputado realizó un aporte personal en el perfeccionamiento del plan criminal fijado por los comandantes en jefe, diferenciándola así de la mera posibilidad de ejecutar órdenesrecibidas con mayor o menor eficacia.
El concepto de autor responsable merece en este caso una especial consideración como ya lo hiciera notar la Cámara en el Capítulo 7° de la sentencia dictada respecto de los ex comandantes en jefe. .
Le estructura de un orden militar y, en especial, la puesta en práctica de este orden en la situación que vivió el país con motivo de las acciones terroristas, cuya magnitud no es aquí del caso destacar y, por el otro la doctrina imperante según la cual no hay normas que limiten la legitimidad de las acciones concernientes a una idea difusa de lo que era el enemigo, crea la necesidad de explicar qué debe entenderse por autor en estos casos. Si bien es acertada la conclusión a que arriba la Cámara enla sentencia aludida, creo necesario explicar brevemente mi posición. El concepto de autor es esencial porque implica la adjudicación de un rol central en relación a un hecho éticamente relevante. El que, poseyendo especiales conocimientos, prepara un complicado mecanismo para que una bomba estalle horas más tarde donde otro la colocará, ejécuta una acción de fundamental relevancia con prescindencia de que ésta sea muy anterior al resultado al qué otros contribuyeron de manera más próxima. .
Cuando, como en el caso de ciertos oficiales superiores, éstos impartieron las órdenes que condujeron al resultado que decidieron autónomamente, ordenaron a otros a su vez, contribuir con toda suerte de prestaciones al hecho, impidieron interferencias en la ejecución de
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:407
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