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Fallos: 311:2791 de la CSJN Argentina - Año: 1988

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fines de evaluar la validez del permiso, la efectiva posibilidad de oponerse al registro, de modo que no queden dudas en cuanto a la plena libertad del individuo al formular la autorización (R.463,XIX, "Rayford Reginald y otros s/ consumo y suministro de estupefacientes", del 13 de mayo de 1986, consid. 49), circunstancia esta última que no necesariamente se encontraría garantizada en todos los casos por la referida advertencia. o Por lo tanto, ninguna de las circunstancias que rodearon al hecho .

autoriza a presumir, tal como pretende la apelante, que el consentimiento prestado por Muñiz no fue consecuencia de una voluntad plenamente libre y despojada de todo vicio. En tales condiciones el procedimiento de registro y secuestro llevado a cabo a fs. 11 es válido L.105,XXI, "López, Eduardo Adolfo s/ encubrimiento de contrabando", del 10 de diciembre de 1987), y en consecuencia, se torna ineficaz el planteo de nulidad de las diligencias posteriores que la defensa efectúa a partir de este agravio.

Tampoco aprecio que la decisión del a quo acerca de la ilegitimidad de la diligencia de fs. 16 importe la invalidez de los elementos de juicio obtenidos con posterioridad y en los que la Cámara fundamentó la condena de Lafuente. Ello es así toda vez que según tiene dicho V. E., la prueba habida en la causa sólo será ineficaz en tanto su obtención dependa directa y necesariamente de la violación de la garantía constitucional de que se trate o sea su consecuencia inmediata (F.193, XX, "Franco, Miguel Angel s/ falsificación de documento público", del 24 de diciembre de 1985), relación ésta que no ha intentado demostrar la recurrente, ni surge de las constancias de la causa.

En efecto, la investigación no encontró apoyo en el allanamiento del domicilio de Daichman, sino en la información que éste suministrara al ser detenido (fs. 1/2 y 4/5), sin que se advierta que esos datos hayan sido logrados compulsivamente tal como en el precedente de Fallos:

303:1938 .

Las evidencias cuya nulidad pretende la recurrente han sido " adquiridas entonces por otras fuentes distintas de las declaradas ilegítimas y por lo tanto no se ven afectadas por estas últimas R.463.XIX, Rayford, Reginald y otros s / consumo y suministro de estupefacientes", del 13 de mayo de 1986, consid. 5").

Igual conclusión propongo con relación al mismo argumento que la defensa desarrolla a partir de la nulidad del acta de fs. 264, pues ella

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:2791 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-311/pagina-2791

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