MARCELO H. FABRIS v. NACION ARGENTINA (PODER JUDICIAL nz 14
NACION) .
SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA.
Existe mayoría absoluta de los miembros del Tribunal al dictar el fallo que el actor ataca de nulidad ya que la habitual divergencia de opiniones o fundamentos de los votantes,aun cuando por ella no sc obtenga mayoría doctrinaria sobre el tema en consideración, no es obstáculo para que se estime lograda una mayoría real, cuando sobre el fondo del asunto haya vencedor y vencido en el pleito a través del cómputo de las conclusiones a que los jueces del tribunal colegiado arriben. .
SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA.
Carece de sustento lógico y jurídico la pretensión de que la solución coincidente — ° de la mayoría absoluta de los integrantes del Tribunal rechazando el reclamo deducido resultara inválida por no existir similitud en los fundamentos, ya que esta posición sólo sc justifica por la frustración que produce en cl litigante cl rechazo de sus pretensiones pero ello no es suficiente para admitir la nulidad del fallo.
RECURSO DE NULIDAD. .
Las resoluciones de la Corte Suprema no son susceptibles de acción, incidente ni recurso de nulidad, SENTENCIA: Principios generales.
Si el voto había planteado como aspecto previo a tratar la cuestión de saber si cl tema en litigio cra judicialmente revisable y concluyó terminantemente que no lo era y que el tratamiento de las cuestiones planteadas sc había convertido en abstracto, resulta autocontradictorio al concluir pronunciándose por el rechazo de las pretensiones articuladas en cel recurso extraordinario y por la confirmación de la sentencia apclada (Disidencia del Dr. Jorge O. Benchetrit Medina).
SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA.
El voto del miembro del Tribunal que declara judicialmente inimpugnable la cuestión, cuyo tratamiento considera abstracto, no puede "concordar" con ningux
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:2025
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