DEPRECIACION MONETARIA: Principios generales.
— La actialización por pérdida del valor. adquisitivo de la moneda sobre las diferencias del haber jubilatorio reconocidas de las que es acreedor el actor, debe computarse desde que cada una fue devengada (1).
ROBERTO HECTOR LAZCANO y OTROs v. FUNDACION pr 14 UNIVERSIDAD ne BELGRANO RECURSO EXTRAORDINARIO. Requisilos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Costas y honorarios.
"Cabe hacer excepción a la regla según la cual las retribuciones profesionales fijadas en las instancias ordinarias constituye materia ajena al recurso extraordinario, cuando el importe de los emolumentos recurridos no alcanza a los mínimos que surgen de las escalas de lá ley arancelaria (2).
RECURSO EXTRAORDINARIO. Requisitos propios. Cuestiones no federales. Senten. ciasarbitrarias. Defectos en la fundamentación normativa.
Es descalificable el fallo que fijó los honorarios en una suma menor a la que corresponde según la ley 21.839, sin que sca fundamento suficiente la invocación del art. 38 de la ley 18.345, toda vez que el mínimo arancelario legal no superaría el 20 del valor del litigio, que como tope máximo para los letrados de la actora admite la norma citada en segundo término; en tales condiciones la Cámara se ha apartado de la norma legal aplicable al caso sin dar argumentos que sustenten su decisión. .
VICENTE MAGNERES v. APOLO, COMPAÑIA ARGENTINA e SEGUROS S. A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Senten. ciasarbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia de Cámara que declaró la nulidad de .
la de primera instancia, pues si el recurso de apelación se limitó al rechazo de los "fLems" indemnizatorios, al estar incorporados al patrimonio del recurrente los aspectos de la cuestión admitidos en primera instancia y no encontrarse interesado el orden público la Cámara no debió pronunciarse de oficio sobre la nulidad " del fallo, y al hacerlo excedió los límites de su jurisdicción (3). .
1) Causa: "Gaite, Héctor E. / Provincia de Buenos Aires", del 26 de diciembre de 1985. 2) 30 de junio. Fallos: 302:253 y 325; 304:618 . Causa: "Esterlina S. A. c/ Banco Central de la República Argentina", del 18 de septiembre de 1986.
(3) 30 de junio. Fallos: 310:867 .
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1189
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