sobre los puntos contables requeridos, reconoció a los actores el derecho a las diferencias salariales reclamadas, Se agravia el recurrente por cuanto considera equivocado el razonamiento del tribunal. En su opinión el pago del beneficio tal co- .
mo lo pretendían los accionantes, esto es, el 40 sobre el sueldo según la definición del artículo 6 inc. j) del C.C.T. 26/75 sí constituyó un exceso sobre lo originariamente pactado, destruyendo un equilibrio ya alcanzado por las partes que afectaba, además, la economía de la empresa. Agregó que las modificaciones introducidas por el decreto en cuestión, al que califica de norma federal, no viene a alterar ninguna situación jurídica consolidada desde que la Empresa de Ferrocarriles Argentinos nunca liquidó la bonificación según la pretensión de estos trabajadores. Se opone finalmente a la aplicación del fallo plenario n? 244, decisión que considera arbitraria desde que tacha asimismo de inconstitucional ese decisorio, así como el artículo 303 del Código de procedimientos en cuanto determina la obligatoriedad de la doctrina que emana de aquéllos.
Ante todo, para emitir opinión sobre el tema, resulta indispensable ubicar, con carácter previo, la existencia de cuestión federal sometida a conocimiento de V.E.
Esto así, desde que reiteradamente se ha declarado que, cuando los jueces de la causa, mediante una inteligencia posible de las" disposiciones de una ley y su reglamentación concluyen afirmando la existencia 0, en su caso, inexistencia de conflicto entre ambas, su decisión es irrevisable por la vía extraordinaria (Fallos: 115:82 ; 180:
124; 248:706 ; 263:156 ). Parece claro que disposiciones como las analizadas destinadas a regular relaciones de trabajo y tendientes, en el caso concreto, a la revisión, análisis o supresión de cláusulas contenidas en los convenios colectivos de trabajo, quedan fuera del alcance que pretende otorgarles el recurrente. En tal sentido, cabe recordar que en tanto el contenido de la norma reglamentaria no podría revestir una naturaleza diferente de la que tiene la norma reglamentada, si los convenios colectivos y la
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:898
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