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Fallos: 115:82 de la CSJN Argentina - Año: 1911

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hecha con posterioridad a la sentencia apelada. (Fallos, tomo 75 pág. 183 y otros).

Por ello y de conformidad con lo expuesto y pedido por el señor procurador general, se declara bien denegado el recurso.

Repóngase el papel y archívese.

A. BermEJO.—NICANOR G. DEL So LAR. — M. P, Daracr. — D. E.

PaLacio. — Lucas Lórez Ca

BANILLAS,


CAUSA CXI
Departamento nacional de Migiene, contra Indraccolo Sauver, sobre venta de específico. Recurso extraordinario Sumario: La ley 4687 y su decreto reglamentario no contrarian da garantía consagrada en el artículo 14 de la constitución nacional, en cuanto permiten retirar la autorización concedida para la venta de especificos medicinales, en caso de contravención a sus disposiciones. Un motivo de salubridad pública autoriza, como los de moral, seguridad, cultura y otros, a limitar la referida garantia constitucional sin alterarla.

Caso: Lo explican las siguientes piezas :


DICTAMEN DEI, SR. PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Abril 26 de 1911.

Suprema corte: Tribunal de última instancia el juzgado del crimen de la capital, en el caso, según lo dispone la ley 4687,

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Año: 1911, CSJN Fallos: 115:82 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-115/pagina-82

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