Castelar, partido de Morón, donde procedió a la detención de Miguel Angel D'Acosta, que a la sazón se encontraba prófugo por haberse evadido de la Alcaidía de Neuquén el día 28 de noviembre de 1982, donde se encontraba detenido a disposición del juez en lo penal de Cutral-Co, Provincia del Neuquén, y que también era buscado por haberse resistido mediante disparos de armas de fuego a su detención, unos días antes de que ésta en definitiva se efectivizara (confr. fs. 1).
En el lugar de la detención, los funcionarios policiales labraron un acta en la que se expresa que se constituyeron en el domicilio indicado "donde se presume se encontraría refugiado el malviviente Miguel Angel D'Acosta", con un testigo llamado al efecto, y que inmediatamente procedieron a entrar a la vivienda "ya que la puerta principal se encuentra abierta". Con posterioridad a la aprehensión del prófugo y de otras dos personas, se secuestró un revólver, calibre 38 larE0, con la carga completa, sin marca visible y con un número en la base de la culata 6675, y una funda de paño con la inscripción "relojes Pomar", con cinco balas del mismo calibre (fs. 38).
El mismo día, a las dieciséis y cuarenta, la comisión policial se volvió a constituir en el domicilio indicado con la detenida María T, Botegui, a raíz de manifestaciones que la nombrada habría efectuado ante los preventores sobre la existencia de más armas (confr. declaración testimonial de fs. 64). Allí se labró una nueva acta en la que consta que dentro de un taparrollos del dormitorio principal se encontró una cartera color suela que contenía en su interior un revólver marca Colt, calibre cuarenta y cuatro, con seis proyectiles intactos, Que registraba en su cañonera un número "apenas legible" 41905; otro revólver cromado calibre 38 largo, sin proyectiles, con un sello impreso con la inscripción "detective" y un número en la base de la culata 96464; un trozo de telgopor que contenía seis balas intactas calibre treinta y ocho corto, y una bala nueve milímetros (fs. 4).
29) Que por la tenencia del revólver marca Colt, calibre 44, que se imputó a Miguel Angel D'Acosta, el señor Juez Federal de Morón, Provincia de Buenos Aires, lo condenó a la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación absoluta por igual tiempo más las accesorias del art. 12 del Código Penal, y costas, como autor responsable del delito previsto por el art. 189, tercera parte, del Código Penal (fs. 185), sentencia que fue apelada por la defensa y confirmada por-la Cáma
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:89 
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