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Fallos: 310:2634 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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man— "cuánta agua, de la ingresada al sistema, es positivamente aprovechada por los cultivos y cuánta se pierde por percolación, descarga a los desagiies, lagunas, etc." (fs, 24 vta./25). El resultado de esa estimación alcanzó a un grado de eficacia general de 0,2975 aunque se adoptó 0,30 que se ubica en el rango de baja. Esto —sostienen— no significa que esa calificación no puede ser mejorada con — la aplicación de nueva tecnología, aspecto que consideran al contestar la pregunta C 25 (fs. 36 y sigs.). En tal sentido, "todas las obras de riego que han superado los cincuenta años de uso, de las características de construcción y estado en que se encuentra el sistema de riego del río Atuel, necesi tan entrar en un decidido programa de rehabilitación integral de su red de riego y drenaje, como también a nivel de parcela, para poder cumplir tres objetivos fundamentales: ahorrar agua, mejorar y prevenir el problema de salinización y/o modificación de los suelos e " incrementar los rendimientos unitarios de las cosechas". Una serie de acciones "debidamente proyectadas y planificadas" permitiría alcanzar una eficiencia del 50 (0,50) considerada buena, y en el piso de la estimada óptima (ver fs. 25). .

Los problemas principales que se comprobaron tanto en las "obras como en las fincas derivan de la inexistencia de un desarrollo , planificado, la carencia de un plan orgánico de rehabilitación, aunque ha habido importantes acciones: puntuales, y la existencia de ciclos de escasez de agua que con la construcción de los diques pudieron superarse en parte.

En suma, para los ingenieros Casamiquela, Mizuno y Roca, que suscriben de común acuerdo el dictamen, "son importantes las causas que han originado los problemas detectados", pero se "repiten en Ja gran mayoría de las áreas de riego del país". Es más, América, Estados Unidos y Méjico son los países con mayores superficies regadas. Ambos tuvieron y tienen los mismos problemas, originados por causas similares a las antes señaladas (fs. 37). No obstante, -agregan, existen medios técnicos para mejorar la situación y señalan que puede encararse un plan de acción inmediata, de alcances más modestos, que describen a fs. 40. . ,

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2634 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-2634

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