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Fallos: 310:2509 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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naturales aludidos en las preguntas M 43 y M 45", señalan que efec-.

tivamente la demandada había construido obras de contención pará "evitar los desbordes", que para medir su gravitación sobre el módulo del río se practicaron estudios técnicos apropiados y que, tras su consideración, "no se observan modificaciones significativas del régimen del río Atuel, que tendrían que reflejarse en un incremento sostenido del módulo a partir de la fecha de funcionamiento de las obras de reencauce"... "En opinión de esta pericia —siguen—, las obras de referencia habrían contribuido eficazmente en disminuir o evitar los desbordes de las crecidas anuales hacia la laguna Llancanello y las ciénagas de La Piedra de Afilar, respectivamente, pero no pueden estimar porcentajes ni magnitud de caudales desbordados por cuan- ° to no conocen las cotas críticas de desbordes ni los niveles alcanzados por las aguas en los períodos de crecidas, tanto ordinarias como ex- .

traordinarias". "En todo caso —agregan por último— surge del aná- .

lisis de las series estadísticas tratadas que los volúmenes desbordados .

con anterioridad a la fecha de construcción de las obras y reencauzados a posteriori de las mismas, si bien pudieron ser importantes en valores absolutos el mumento de las crecidas, no alcanzaron a ser lo suficientemente significativos dentro del balance global de las pérdidas como para modificar el régimen del río, ya sea por la escasa permanencia anual de niveles altos o por su baja recurrencia durante el período estadístico analizado, que se traducirían en caudales no detectables a través de los caudales medios anuales de las series" (fs.

651/655, cuerpo XIX).

29) Que, por su parte, el perito geógrafo Dr. Siragusa también consideró este tema. A fs. 29 del cuerpo XXXIV señala la influencia de la laguna de Llancanello a la que, de controlarse los escurrimientos, podrían derivar las aguas del Atuel y del Salado, dejando sin ese ele mento vital a la zona de riego, y reconoce que en la zona de l.as Juntas la Provincia. de Mendoza realizó obras que califica de "simplemente zanjas y pequeños terraplenes", pero que contribuyen a .

reforzar el caudal del Atuel. Más adelante, cuando describe la cuenca hidrográfica del río, señala que aguas del Salado engrosan al Atuel en Las Juntas y que otras se pierdén en la laguna de Llancanello (fs. 39 y a fs. 54), que "los derrames incontrolados" producen en la planicie de Llancanello "insunción de agua que luego

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2509 
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