dicidad media que es de menos de 4 meses cada 4 años. Esos cauces no son, por lo tanto, ríos en un sentido jurídico aunque lo sean para geomorfología. ° 29) Que, con el propósito de acreditar la condición interprovincial del Atuel, La Pampa requirió de los peritos en geografía, hidrografía e hidrología, hidrogeología y fotointerpretación, información específicamente vinculada con el tema. .
En ese sentido, es nécesario analizar los respectivos dictámenes incorporados a la causa en cuerpos autónomos integrados al expediente. Los cuerpos XXXIV y XXXV contienen el dictamen del perito geógrafo Dr. Alfredo Siragusa, que informa sobre los puntos requeridos de manera exclusiva por la parte actora. En ese sentido, guarda particular atinencia con el tema en debate la contestación al punto pericial LP 101 (ver fs. 32/49, cuerpo XXXIV). ..
En la determinación de la cuenca hidrográfica del Atuel, tras un extenso estudio de sus características que abarca la delimitación física, la supeficie atribuible, y la caracterización de las secciones en que la divide conforme a la ciencia geográfica y geormorfológica, concluye que: a) la cuenca del río abarca un total de 54.800 km° de .... los cuales 36.600 están ubicados en territorio mendocino y 18.200 en territorio pampeano; b) que la alimentación principal del río se .
produce en las cuencás superior y media, ubicadas en Mendoza; c) que el régimen del Atuel presenta fue:tes oscilaciones y que los consumos de agua que se producen en el valle medio y primera parte del valle inferior llegan a comprometer totalmente sus caudales en épocas o ciclos de pobres precipitaciones, determinando que los cauces en La Pampa se sequen, situación que se modifica cuando las precipitaciones en la cuenca superior y media sobrepasan ciertos límites, que en tal caso, al no consumirse las aguas totalmente, fluyen a la provincia actora, y, finalmente, que ese flujo "dentro del territorio de La Pampa por las noticias existentes fue permanente" (fs. 49). Por otra parte, cuando se refiere a lo que denomina "valle inferior del Atuel" señala que el río cruza el paralelo 869 que divide a las provincias de Mendoza y La Pampa "llegando a unirse (sus brazos) dentro del territorio de esta última a cota 270 ms." y penetrando unos 170 kms." -
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2499
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