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Fallos: 310:2467 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. In:ervención .

de la Corte Suprema. Es facultad de la Corte Suprema otorgar el conocimiento de las causas a los jueces realmente competentes para entender en ellas aunque no hu- .

biesen sido parte en la contienda (1).

ANTONIO NOVARA v. HOSPITAL DE CLINICAS JOSE DE SAN MARTIN.

DAÑOS Y PERJUICIOS; Principios generales. - En principio, para que proceda el resarcimiento de los perjuicios sufridos debe acreditarse que han existido y que son consecuencia directa e inmediata de un obrar negligente de aquel a quien se imputa su producción (2).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. .

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación su Corresponde dejar sin efecto la sentencia: que condenó a la reparación — del daño sufrido por el actor a .consecuencia de la muerte de su hijo, omitiendo establecer de qué modo las falencias de organización admimistmativa reprochables a la demandada incidieron para que el evento dañoso se produjera. E.

SIMBOLO Cía, FINANCIERA SA. v. SUCESION De EDUARDO CARLINO - RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Valoración de circunstancias de hecho y prueba, Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó la suspensión del trámite de una ejecución hipotecaria, de honorarios solicitada por el Banco.

1) Fallos: 280:36 ; 281:374 ; 301:728 . 2) 19 de diciembre. - .

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2467 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-2467

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