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Fallos: 310:2465 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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— tidora perteneciente a TELECOR S.A.LC,, ubicada en Sierra Ancasti, Provincia de Catamarca.

Que tales actos resultan prima facie contrarios a disposiciones emanadas de la autoridad y jurisdicción nacionales invocadas por la "demandante; tal es el caso de la ley 22.285, del decreto 2938/84 y de las resoluciones n? 963/84, n 690/85 y n 196/86 del Comité .

antes referido (confr. art. 280, inc. 1, del Código Procesal; Fallos: — 250:154 ; ' 251:336 ; A.402.XX "Comité Federal 'de Radiodifusión c/ Neuquén, Provincia del s/inconstitucionalidad", resolución del 17 — de enero de 1986; y C.706.XXI. "Comité Federal de Radiodifusión c/ Formosa, Provincia de s/nulidad", sentencia del 7 de julio de 1987).

Por lo demás, a juicio de esta Corte, de los antecedentes incorpora- — , dos a la causa, surge similar peligro en la demora al ponderado por el Tribunal en las dos iltimas decisiones aludidas (conf. inc. 2? del art. 230 mencionado). Por ello, se hace lugar a la medida de no innovar solicitada. ' Consecuentemente, deberá librarse oficio a las autoridades de la empresa Catamarca Televisora Color a fin de que, en el plazo de 24 horas, se abstenga, y en su caso cese de utilizar, en forma no ° autorizada por el Comité Federal de Radiodifusión, la estación re— petidora (canal 11) correspondiente a la actora. Líbrese la comunicación mencionada con habilitación de días y horas inhábiles. .

Josk Severo CABALLERO — Aucusro Císar BeLLuscio — Carlos S. FAYr — JorcE ANTONIO Bacguí. . .

MARCELO DANIEL TIERNO v. COMISION MUNICIPAL .

DE LA VIVIENDA .
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas.

Nación. 1 La circunstancia de que el Banco Hipotecario Nacional haya sido citado al juicio" en los términos del art. 94 del Código Procesal Civil y Comer cial de la" Nación, no modifica la competencia federal (1).

— (1) 19 de diciembre, Fallos: 905:2001 ; 07:05 ...

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2465 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-2465

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