ocupados en oficios o empleos perjudiciales a la moral o a la salud").
Esto configuraría una situación de urgencia, en tanto -que las cuestiones surgidas fuera de ese restringido campo no revestirían tal carácter, debiendo ser deferidas a la justicía civil, en este caso, provincial.
5) Que contra el pronunciamiento de la Cámara que se ha reseñado fue interpuesto el recurso extraordinario obrante a fs. 386/398, que fue bien concedido a fs. 416, toda vez que media en autos denegación del fuero federal derivada de la inteligencia que el a quo asigua a normas nacionales atributivas de competencia a los tribunales federales materia de patronato de menores, y que la apelante cuestiona, Al respecto conviene señalar que si bien la ley 10.903 forma, en términos generales, parte del derecho común, sus disposiciones se encuentran entre aquellas calificadas como ambivalentes en la jurisprudencia del Tribunal, pues asumen carácter federal cuando comprometen los roles y funciones de autoridades nacionales (Fallos:
271:103 ; 904:568 y sentencia dictada el 26 de marzo de 1987 in re:
Competencia n? 127.XXI. "Asociación Trabajadores del Estado c/Estado de la Pcia. de Entre Ríos s/laboral"). .
6?) Que a tal razón de procedencia del remedio federal, no puede oponerse cel hecho de que, en el caso, la declaración de incompetencia se traduzca sólo en una alteración acerca de la tenencia provisoria de la menor Laura, y que decisiones de tal índole no configuran sentencia definitiva a los efectos del recurso extraordinario (sentencia dictada el 19 de octubre de 1985 in re L.284.XX. "Lavallén, Rubén y otros s/infracción arts. 139, 29, 292 y 293 del C. P. s/inc. de sustitución de guarda").
Por un lado, ha de tenerse en cuenta que el Tribunal ha declarado en la causa: Comp. n? 88.XX. "N.N. (imp) González, José s/acci:
dente ferroviario" (pronunciamiento dictado el 17 de febrero de 1987), que corresponde a los jueces federales disponer sobre la situación del menor que ha sido víctima de un delito de su competencia, subrayando que los jueces nacionales no 'están autorizados a delegar o desprenderse in totum del ejercicio del patronato que les acuerda la ley. En consecuencia, el recurso extraordinario opera en la especie
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2227
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