de primera instancia en lo penal de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones.
29) Que tal como resulta de la jurisprudencia del Tribunal —considerando 6 de la sentencia de fecha 19 de junio de 1986 in re "Graffigna Latino, Carlos y otros s/acción de amparo" G.558.XX. y resolución de fecha 19 de diciembre de 1986 in re "Fiscal de Estado Dr. Luis Magín Suárez s/formula denuncia solicita jurado de enjuiciamiento y sus acumulados", F.101.XXI-, los enjuiciamientos de magistrados no constituyen, en principio, ámbitos vedados al conocimiento de aquél, en la medida en que se acredite lesión a la garantía del debido proceso, hipótesis en la cual el agravio encontrará su reparación en el ejercicio de la jurisdicción apelada de esta Corte (art.
14 de la ley 48).
3?) Que, sin perjuicio de lo expuesto —y al no darse en el sub examine las circunstancias de excepción que presentaba la segunda de las causas citadas precedentemente— debe observarse la doctrina sentada a partir del caso "Strada, Juan L. c/ocupantes del perímetro ubicado entre las calles Deán Funes, Saavedra, Barra y Cullen", S.168.XX. y 5.436. XX., sentencia de fecha 8 de abril de 1986, según —° la cual el Superior Tribunal de Provincia del que ha de provenir la sentencia definitiva susceptible de recurso extraordinario es, en principio, el "órgano judicial erigido como supremo por la Constitución «de la Provincia" (considerando 10). Ello en debida consonancia con el principio de conformidad al cual "las provincias son libres para crear Jas instancias judiciales que estimen apropiadas, pero no pueden vedar a ninguna de ellas y menos a las más altas, la aplicación preferente de la Constitución Nacional" (conf. la ya citada sentencia in re "Strada, Juan L. c/ocupantes del perímetro ubicado entre las calles Deán Funes, Saavedra, Barra y Cullen", considerando 9?).
49) Que, como consecuencia de lo señalado, resulta imprescindible transitar exhaustivamente las instancias existentes en el orden local como recaudo de admisibilidad del remedio federal intentado sentencia de fecha 19 de febrero de 1987 en la causa "Christou, " Hugo y otros c/Municipalidad de Tres de Febrero s/amparo", C.1091.XX. considerando 4), lo que todavía no se ha hecho en el "presente caso, pues —con motivo de que el Jurado de Enjuiciamiento
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2033
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