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Fallos: 310:1967 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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ción tributaria se halla en pugna con garantías constitucionales consagradas en nuestra Ley Suprema. .

VI .

El efecto "fuga ante el impuesto" y leyes del candado La "Economía Financiera" en el capítulo pertinente en que aborda el estudio de los efectos económicos de los impuestos, además de los enunciados tradicionalmente (percusión, traslación, incidencia, difusión, amortización y capitalización), ha tomado en cuenta más modernamente algunos otros, dentro de los cuales se halla el denominado "fuga ante el impuesto". . . . .

El aludido efecto económico consiste en la acción deliberada del contribuyente de intentar sustraerse de la imposición o morigerarla, orientando su obrar, una vez anunciado un cambio de la legislación tributaria, a no quedar encuadrado en los hechos generadores de los gravámenes, o estarlo en la menor medida posible.

De tal forma la doctrina comparada contemporánea, ha admitido una limitada retroactividad mediante las denominadas leyes del candado, para abarcar en la imposición, al período temporal que rcquiere al trámite parlamentario de sanción del proyecto de ley que agrava la situación del contribuyente, a fin de evitar el aprovechamiento por parte de los particulares del conocimiento previo de las reformas propuestas (ver Alejandro Ruzo, "Curso de Finanzas", Buenos Aires, 1933; Tomo II; pág. 330; Myrbach Rhenifeld, "Précis de Droit Financier", París, 1910, pág. 257 y 258; Amoroso Rica, N. "Derecho Tributario", Madrid 1970, pág. 129; Giuliani Fonrouge, C.M.

"Derecho Financiero", Buenos Aires 1966, Vol. I, pág. 95, "Congreso de la Academia Internacional de Derecho Comparado", celebrado en Caracas en 1982, en que el relator general fue el profesor de Munich Klaus Vogel).

Sin perjuicio de ello, debe tenerse en cuenta que el principio de la irretroactividad ha sido sostenido como norma de carácter general con extrema firmeza, y que la excepción apuntada, está esencialmente referida a normas dictadas por Estados de Derecho, en los cuales el trámite de sanción de las leyes se realiza en el ámbito del

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1967 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-1967

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