tencia, hasta entonces concchidas en términos estrictamente individuñles Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchí y Jorge Antonio Bacqué).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.
Es necesario distinguir entre el derecho de la industrir o comercio de la prensa; el derecho individual de información mediante la emisión y expresión del pensamiento; y el derecho social a la información, es decir, el derecho empresario, el derecho individual y el derecho social (Disiden- .
cía de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Jorge Antonio Bacqué). .
"CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. . Libertad de prensa.
Las disposiciones legales dictadas en ejercicio del poder de policía económico social, vinculadas con el aspecto empresarial de la prensa, no se encuentran vedadas por el art. 32, primera parte, de la Constitución Nacional por cl hecho de que hayan sido expedidas por el Congreso Federal Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Jorge Antonio Bacqué). .
LEY: Interpretación y aplicación.
La inconsecuencin o la falta de previsión jamás se suponen en el legislador y, por esto, se reconoce como un principio inconcuso que la interpretación de las leyes debe hacerse siempre evitando darles aquel sentido que ponga en pugna sus disposiciones, destruyendo las unas por las otras, y adoptando como verdadero el que las concilie y deje a todas con valor y efecto (Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Jorge Antonio Bacqué). CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.
De estimarse que 'la primera parte del art. 32 de la Constitución Nacional impide de todas maneras que el Congreso de la Nación reglamente aquellos aspectos atinentes al derecho de industria o comercio de la prensa, vendría a resultar cercenada una de sus atribuciones constitucionales más importantes, como cs la de encausar y orientar la política económica nacional, misión que le ha sido confiada por el art. 67, inc. 16, de la Ley Fundamental (Disidencia de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Jorge Antonio Bacqué).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.
En la medida en que el periodismo adopta características análogas a las de las empresas comerciales para alcanzar la capacidad económica reque
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1720
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