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Fallos: 310:1609 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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. DEPRECIACION MONETARIA: Principios generales. —— La circunstancia que habilita el reajuste por depreciación monetaria .

es la variación del valor de la moneda y su fundamento radica en la inviolabilidad de la garantía consagrada en el art. 17 de la Constitución Nacional. No se trata de fijar un mayor valor al tipo de cambio establecido por la comunicación A-86 del Banco Central, si no de mantener constante el real del oportunamente. determinado, evitando por esta vía que se produzca enriquecimiento sin causa a favor del Estado con el consecuente perjuicio para el exportador. DEPRECIACION MONETARIA: Principios generales, .

La admisión del reclamo por actualización monetaria es la que - mejor consulta los intereses juego, en tanto que preservando la- validez de. la comunicación A-86 del Banco Central, evita ocasionar un daño injustificado en el patrimonio del exportador, quedando así incólume su derecho de propiedad, garantizado por el art. 17 de la Constitución Nacional, DEPRECIACION MONETARIA: Indices oficiales. - .

La actualización monetaria del valor de las divisas ordenadas debe practicarse utilizando los índices de precios mayoristas nivel general que publica mensualmente el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

CAMBIO.
. La determinación de las modalidades del mercado de cambios en cuanto se refiere a las divisas provenientes de exportaciones, ya sea bajando su precio o bien librándolo al que. convengan los compradores y vendedores, constituye. facultad atribuida al Banco Central en virtud de lo pre - ceptuado por los arts. 4 y 38 de la ley 20.539, 19 del decreto-ey .

4611/58, 19 y 2? del decreto 837/76, 19 de la resolución n? 85/76 del Ministerio de Economía y normas concordantes (Disidencia de los Dres.

Enrique Santiago Petracchi y Jorge Antonio Bacqué). .

CAMBIO, . .
Los arts. 49 y 38 de la ley 20.539, 1? del decreto-ey 4611/58, 1? y 29 del .decreto 837/76, 1? de la resolución n? 85/76 del. Ministerio de Economía y normas concordantes, otorgan. sustento legal a la comunica- ción A-86 del Banco Central en la medida en que rigé los supuestos de .

negociación, de divisas ingresadas con motivo de operaciones de expor-

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1609 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-1609

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