CAUSA LIX
D. Julio Calderon contra D. Juan Casazza ; sobre cobro de pesos.
Sumario. — Presentada una cuenta de cargo por una cantidad de clase de ladrillo, y un recibo de la misma cantidad y clase con igual fecha de la de la cuenta, debe presumirse que ambos documentos ser efieren á un solo € idéntico material siendo e 1 segundo un comprobante dejlas partidas de carga de la primera.
Caso. — El caso se esplica por el Falle del Juez Federal Buenos Aires, Agosto 13 de 1686 Vistos estos autos iniciados por demanda de D. Julio Calderon contra D. Juan Casazza de los cuales resulta:
4 Que Calderon, como propietario de una fábrica de ladrillos establecida en esta ciudad, calle de Caseros y Entre-Rios, ha suministrado durante algun tiempo al empresario de obras de albañilería D. Juan Casazza, los ladrillos que necesitaba para sus trabajos.
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Año: 1887, CSJN Fallos: 31:300
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