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Fallos: 31:119 de la CSJN Argentina - Año: 1887

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dados en el término de diez dias, con los intereses moratorios.

Notifíquese original.

Virgilio M. Tedin.

Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Febrero 24 de 1887.

Vistos: con arreglo ú lo dispuesto por el artículo tercero de la ley de quince de Octubre de mil ochocientos ochenta y cinco, y por los fundamentos concordantes de la sentencia apelada, se confirma esta con costas, debiendo hacerse la liquidacion con relacion al siete de Febrero de mil ochocientos ochenta y cinco, en que las partes manifiestan de comun acuerdo tuvo entrada el buque en este puerto. Repóngase los sellos y devuélvase.


J. DOMINGUEZ. — ULADISLAO FRIAS.
— FEDERICO IBARGÚREN. — C. 5.


DE LA TORRE.

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Año: 1887, CSJN Fallos: 31:119 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-31/pagina-119

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