CASO N° 326: TAGLIOSI, JORGE AUGUSTO
Está probado que Jorge Augusto Tagliosi fue detenido el día 25 de julio de 1978, en su domicilio de la calle Villegas Ne 788 de la localidad de Lomas del Mirador, Provincia de Buenos Aires, por personas que dependían operacionalmente del Ejército Argentino. 
Tai es lo que surge del testimonio aportado por Graciela Trotta a la que hemos referido en el caso anterior. En su oportunidad, refiere que Juego de haber sido detenida es interrogada acerca del domicilio donde se encontraba su esposo. Luego de ello, es conducida por el grupo aprehensor hasta él, ocasión en que se produce el suceso que nos ocupa. .
Además, como en el caso anterior, han de evaluarse los testimonios de quicnes compartieron cautiverio con el damnificado que concurren y se complementan para arribar a una conclusión afirmativa. " A Jorge Augusto Tagliosi se lo mantuvo en cautiverio en los . centros clandestinos de detención denominados "El Banco" y "El Olimpo" pertenecientes a la Policía Federal que actuaba bajo el comando operacional del Primer Cuerpo de Ejército.
Tal es lo que surge de los dichos de Graciela Irma Trotta cuyo testimonio ya ha sido materia de consideración, los de Isabel .
M. Fernández Blanco de Ghezán en cuanto a su permanencia en "El Banco" y por los de la hermana de los nombrados; los de Isabel .
Cerruti y los de Julio Lareu en centro "El Olimpo".
Enel mencionado Jugar fue sometido a un mecanismo de tortura.
Obran al respecto, los dichos incriminantes de Graciela Irma Trotta, con apoyatura suficiente, extremos a que hacen referencia los demás testigos acerca del tratamiento impuesto en los interrogatorios a que eran sometidos los cautivos, sin que el caso de Taeliosi deba ser excluido de tal generalidad.
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:980 
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