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Fallos: 309:300 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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del Comandante Mayor de Gendarmería Carlos Agustín Feced, quien estuviera a cargo de la Regional 2, Rosario, de la Policía de la Provincia de Santa Fe, desde marzo de 1976 hasta marzo de 1977:

"...la orden inicial de comenzar operaciones contra la subversión, por allá por marzo del scienta y seis, fue una orden verbal impartida por el Comandante del Cuerpo, en una reunión, llamémosic de Estado Mayor, integrada por elementos del Cuerpo, propio del cuerpo, Policía, Policía la mía, Policía Federal, Destacamento de .

Inteligencia del Cuerpo, Prefectura Marítima, en fin, todos los organismos de seguridad de la Ciudad de Rosario y del área, y fueron verbales, se impartió la orden de combatirlos".

Coincidentemente, los" comisarios Juan Demetrio Luna y Ramón Bruña, y los policías Santos Antonio Miño, Ramón Fernando Soria, Julio Di Benardo, Julio Arturo Peralta, Eduardo Daniel Alvarez, Osvaldo Berterreigts, Ricardo Bautista . Pancera, Ramón Tranfis Moreyra, José Andrés Ponce, Mariano Enrique Cabrera y Diego Alberto Porcheda, de la Comisaría 1: de Tigre, y el Comisario Mayor Víctor Pedro Romualdo, Dengra, titular entonces de la Unidad Regional correspondiente, fueron contestes en afirmar que a partir del 24 de marzo de 1976, personal militar dependiente del Comando de Institutos Militares, se hizo cargo de un sector de la comisaría y de la Unidad Regional, a fin de realizar los procedimientos que más adelante se describirán (en el expediente 26.144 del Juzgado en lo Penal N° 1 del Departamento Judicial de San' Isidro). .

Las órdenes transmitidas por los Comandos eran verbales, según surge de las declaraciones del ya .citado Comandante Faced; del General Ramón Camps —en su indagatoria ante el Consejo Su- .

premo en la causa instruida por el decreto 280/84—; del Vicealmi rante Rubén Chamorro —en su indagatoria ante el mismo Tribunal en la causa instruida por los hechos cometidos en la Escuela de Mecánica de la Armada—; y del Contralmirante José Suppicich y del Capitán de Navío Horacio Pedro Estrada, en la causa 05/85/"S", del Juzgado de Instrucción Naval a cargo del Capitán de Navío (R) Roque Pedro Funes. El primero, al ser preguntado sobre cómo recibía sus instrucciones del Comando de Cuerpo, respondió: "...

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:300 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-300

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