DE JUSTICIA DE LA NACIÓN — + 297 ' h) La pasividad y colaboración del personal militar y policial . ajeno a los procedimientos, en los hechos de secuestro de personas, sólo pudo obedecer a una instrucción en ese sentido.
i) Que los hechos relatados respondieron a órdenes de los entonces comandantes, se demuestra también por la circunstancia de que fueron ellos mismos quienes se adjudicaron la victoria militar .
sobre la subversión a pesar de que: - . " — El número de operaciones realizadas en cumplimiento de las órdenes y planes aportados oficialmente a la causa, y de procesos y condenas de tribunales judiciales o militares, no guarda relación con la entidad y envergadura del fenómero terrorista acaecido en el país, debiendo agregarse a ello que en la lista de procesados y condenados figuran muchos que, previamente, fueron víctimas de los hechos reprochados. Ello se verifica con el cotejo de la nómina , agregada a fs. 2402 de los autos principales (que contiene la totalidad de las personas puestas a disposición de Consejos de Guerra) y " la de secuestrados, y surge también de lo dicho en el capítulo déci- ' moquinto. .
— El número de detenidos a disposición del Poder Ejecutivo tampoco guarda esa relación, sobre todo si se atiende a que en gran cantidad de esos casos las detenciones fueron precedidas por el .
sometimiento a los procedimientos clandestinos descriptos, por lo que la relación mentada recién se logra si se adiciona a lo expuesto la gran cantidad de desapariciones denunciadas y nunca esclarecidas, según surge de la prueba estudiada en el capítulo décimoquintó.
ij) Corresponde agregar que cuando se intentó explicar la forma en que se obtuvo la victoria, los ex-comandantes debieron recurrir o al equívoco concepto de guerra sucia o atípica y para caracterizarla aludieron, paradójicamente, a una circunstancia del sistema realmente implantado, consistente en la extrema discrecionalidad que tuvieron en la lucha las fuerzas subordinádas, tal como manifestaron los procesados en sus indagatorias.
k) De no haber existido las órdenes ilegales, no resulta explicable el llamado "Documento Final. ..", en el que se trata de dar una "explicación a la ciudadanía acerca de la suerte de los desaparecidos,
Compartir
56Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1986, CSJN Fallos: 309:297
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-297
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 309 Volumen: 1 en el número: 297 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos