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Fallos: 309:285 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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tégicas, a pesar de su alto cargo, no podía proporcionar ninguna clase de información sobre la lucha antisubversiva a los medios de difusión social, por expresa disposición del Comandante del Tercer Cuerpo de Ejército.

Tomás Joaquín de Anchorena, embajador argentino en Francia a partir de 1976, manifestó que a raíz de la existencia de una supuesta campaña de prensa en Europa, se montó el Centro Piloto de París con el objeto de manejar la información para mejorar la imagen argentina. Interrogado sobre el contenido de la supuesta campaña antiargentina, admitió que ella consistía en la publicación de noti- cias sobre desapariciones y torturas. .

Caríruro XX Cuestiones de hecho Nros. 88, 130, 131, 132, 133, 137, 138, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 146, 149 y 150) de Los hechos enumerados en los capítulos décimoprimero a décimonoveno integraron un sistema -operativo ordenado por los comandantes en jefe de Jas tres fuerzas.

1.—La junta militar se erigió desde el 24 de marzo de 1976, como el máximo órgano político del Estado, reservando para sí, se gún el artículo 2? del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, una vasta gama de facultades de gobierno, que compren- .

día aquéllas que los incisos 15, 17, 18 y 19 del artículo 86, de la Constitución Nacional, otorgan al Poder Ejecutivo, y las que los incisos 21, 22, 23, 24, 25 y 26 del artículo 67, atribuyen al Congreso.

A pesar de que, entre las facultades que se arrogó dicho órga- .

no, figuraba la del Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas, y que entre los objetivos básicos del Gobierno Militar constaba expresamente la erradicación de la subversión, ese ente político aparece desvinculado de la toma de decisión en lo referido a la lucha antisubversiva, debido a que la prueba arrimada ha demostrado que, respecto del mando de cada una de las fuerzas armadas, los ex comandantes no se subordinaron a personas u organismo alguno.

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:285 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-285

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