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Fallos: 309:1464 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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mes de septiembre de ese año pudo ubicar al causante por medio del Obispo de Resistencia, Chaco, y cuando intentó entrevistarlo, le fue negado por el entonces Coronel Alcides Larrateguy, pertene- ciente al Grupo de Artillería 7 de la Liguria, Resistencia-Chaco.

Sigue diciendo este testigo que finalmente logró verlo, comprobando que presentaba visibles huellas de tortura física. De acuerdo a este testimonio, la víctima fue llevada el día 12 de diciembre de 1976 desde la Unidad 7, cárcel de máxima seguridad, con destino a la Cárcel de Formosa. Ratifica tales manifestaciones, también ante este Tribunal, la compañera del citado, Graciela de la Rosa, quien confirmó que fueron ambos detenidos en esa fecha y condu. cidos a la Brigada de Investigaciones del Chaco, donde fueron objeto de torturas, hasta finalmente ser trasladados a la Alcaidía Policial de Resistencia. Expresó la testigo que en cierta oportunidad uno de sus custodios le comentó que fue llevado a la localidad de Margarita Belén con otros compañeros de promoción, inmediata mente después de ocurrido el hecho investigado, con el propósito de recorrer el lugar, pudiendo ver camiones del Ejército y 3 ó 4 cadáveres tirados en el suelo. .

Los testimonios prestados ante este Tribunal, que se valoran a continuación, y los elementos de convicción que surgen de las actuaciones judiciales y administrativas labradas con mucha posterioridad al hecho que se investiga en autos, permiten determinar en forma por demás fehaciente que no solamente fue abatido Patricio . Blas Tierno sino que también corrieron igual suerte sus compañeros de cautiverio y de traslado Luis Angel Barco, Mario Cuevas, Luis .

Arturo Franzen, Manuel Parodi Ocampo, Néstor Carlos Sala, Carlos Alberto Duarte, Julio Andrés Pereyra, Fernando Gabriel Piérola, Luis Alberto Díaz, Ricardo Amalio Zapata Soñaz, Roberto Horacio Yedro y Carlos Alberto Zamudio.

El testigo Víctor Carlos Marchesini, al prestar declaración ante este Tribunal, dijo que estando detenido en el Pabellón 2 de la Uni- > dad Carcelaria N° 7, ingresaron a fines de 1976, provenientes de la Alcaidía de Prevenidos de Resistencia, Chaco, el causante y José Luis Barco, los que fueron alojados con el dicente; Salas y Parodi v .

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1464 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1464

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