del Teniente General Leopoldo Fortunato Galtieri, no existe elemento alguno, como no sea el dato puramente objetivo de su co- - .
mandancia del arma con posterioridad a la detención, que permita acreditar con fehaciencia tal extremo. _ 2 Por último, surge de autos, que los hechos que damnificaron a' Juan Di Benardo fueron desarrollados de acuerdo al proceder des cripto en la cuestión de hecho N° 146. .
CASO N° 661: ARISTEGUI, CARLOS MARIA
El Tribunal tiene presente lo dictaminado por el señor Fiscal en cuanto solicita la absolución de los procesados respecto de este caso, lo que así se resolverá.
CASO N° 662: DEMARCHI, HECTOR ERNESTO
El Tribunal tiene presente lo dictaminado por el señor Fiscal en cuanto solicita la absolución de los procesados respecto de este caso, lo que así se resolverá.
CASO N° 663: OUTES, PABLO ELISEO Está probado que Pablo Eliseo Outes estuvo detenido en la Unidad Penitenciaria Ne 1 de la Provincia de Salta (villa de las Rosas), anotado a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, hasta el día 6 de julio de 1976.
Al respecto, obra en poder del Tribunal copia del decreto 1659 del 1? de diciembre de 1974, por el cual se arrestó a Outes de la manera expuesta, agregándose una constancia en el sentido de que a partir del 20 de abril de 1976, fue alojado en la Unidad Peniten ciaria N° 1 de Salta.
A ello deben sumarse los restantes elementos de prueba reseñados en el caso N° 664, en especial las constancias de la causa
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1449
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