1452 . FALLOS DÉ LA CORTE SUPREMA Por otra parte, se encuentra suficientemente acreditado que María Amarú Luque de Usinger fue retirada de la Unidad Penitenciaria donde se hallaba alojada, la noche del 6 de julio de 1976, por efectivos del Ejército. Argentino. .
En este sentido, todos los testigos señalados son contestes en manifestar, que la noche del 6 de julio de 1976 se produjo un operativo en el penal, llegando efectivos del Ejército en un camión milio tar, y procediendo a retirar seis detenidos, entre los que se encontraban Luque de Usinger, su marido Rodolfo Pedro Usinger y Pablo Eliseo Outes.
Por su parte, Héctor Braulio Pérez (£s. 467) y Napoleón Soberón fs. 479), el primero, a cargo de la unidad, y el segundo; Director del Régimen Correccional, manifestaron que se recibió un oficio proveniente del Ejército, por el cual se les ordenaba entregar a seis internos, entre ellos los nombrados, realizándose dicho operativo en la noche del 6 de julio de 1976. Se ha demostrado, asimismo, que María Amarú Luque de Usinger fue muerta en la madrugada del 7 de julio de 1976 en el paraje denominado Pampa Vieja, ubicado en la Provincia de Jujuy, por efectivos del Ejército Argentino.
El doctor César Antonio Jorge; médico de la Policía de la Pro"vincia de Salta, declaró que fue requerido en la madrugada del 7 de julio de 1976 para revisar unos cadáveres que se encontraban en un . paraje denominado Pampa Vieja, a unos 60 kilómetros de Palomitas.
Se trataba de tres cadáveres, dos masculinos y úno femenino..Recuerda que le mostraron los documentos para hacer el certificado de defunción, siendo uno de ellos de Usinger y otro de su esposa.
Agregó que la mujer tenía una herida de bala en el hipocondrio ° derecho, -un refilón en la pierna izquierda y una equimosis en la rodilla derecha. Otro cadáver tenía una equimosis en la rodilla izquierda, seguramente al caer al pavimento, un tiro en el vientre y otros en el pecho, mientras que el tercer cadáver tenía dos tiros también, pero no recuerda la posición. . .
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1452
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