1392. . TALLOS DE LA CORTE SUPREMA la citada dependencia policial a efectos de interiorizarse de los motivos por los cuales era buscado, quedando privado de su libertad.
Lo expuesto se encuentra corroborado por el hecho de haber sido visto Maldonado en cautiverio, en un lugar dependiente del Ejército Argentino para la época de su secuestro, por diversos testigos a los que más adelante se hará referencia.
También está probado que a Eduardo César Maldonado se lo mantuvo clandestinamente en cautiverio en el centro de detención denominado "Guerrero", que dependía operacionalmente del Tercer Cuerpo de Ejército. El nombrado expone que desde la Comisaría de Calilegua fue trasladado a "Guerrero", lugar que una vez en libertad pudo recono- — cer, y donde permaneció por espacio de diez o doce días.
Sus dichos se encuentran avalados por los testimonios de diversás personas que afirman haber compartido su cautiverio junto a la víctima, habiendo quedado acreditado al tratarse. sus respectivos casos que permanecieron alojados en el mencionado lugar, en —— el que actuaban- miembros del Ejército.
Eilos son Eulogia Cordero de Garnica —caso N° 179—, Héctor "Narváez —caso 608—. En igual sentido deponen Humberto Campos —caso 611— y Carlos Alberto Melián —caso 606—.
— Además a Eduardo César Maldonado se lo mantuvo clandestinamente en cautiverio en el Penal de Villa Gorriti, que dependía operacionalmente del Tercer Cuerpo de Ejército. .
El nombrado refiere que desde "Guerrero" fue trasladado'a dicho .
Jugar donde permaneció prisionero junto con las persorias individualizadas en la cuestión de hecho anterior, quienes al declarar confirman esa circunstancia. y Quedó también probado que en"ocasión de su cautiverio fue sometido a algún mecanismo de tortura. '
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1392
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