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Fallos: 309:1396 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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. CASO N: 612: ARAMAYO, ALBERTO No está probado que Alberto Aramayo fue privado de su libertad el día 8 de septiembre de 1976 a las 3, de su domicilio ubicado en la localidad. de Mina El Aguilar, Provincia de Jujuy.

En efecto, si bien el nombrado denuncia ante la Honorable Co misión Especial Legislativa para Investigación de Violación de los Derechos Humanos —cuya copia obra agregada en el correspondiente legajo de. CONADEP—, que en la fecha y lugar indicados fue sacado de su casa por personal de la Policía de la Provincia y de Gendar- .

mería Nacional, esposado y con los ojos vendados, conducido primero a la Sub-Comisaría de Humahuaca y luego al Penal de Villa Gorriti, donde permaneció alojado seis días, lapso en el cual se lo sometió a reiteradas torturas, sus" dichos.no aparecen corroborados por ningún elemento de prueba, toda vez que ninguno de los testigos que depusieron en la audiencia manifestó haberio visto en cautiverio, ni se han aportado constancias acerca de gestiones realizadas en su favor con motivo de su presunta privación ilegítima de la libertad.


CASO N° 613: FERNANDEZ, DANIEL: EDUARDO
El Tribunal tiene presente lo dictaminado por el señor Fiscal en cuanto solicita la absolución de los procesados respecto de este caso, lo que así se resolverá.


CASO N° 614: BARROCA, GRACIELA MABEL
F .

— Noestá probado que Graciela Mabel Barroca fue privada de su .

libertad el 15 de julio de 1977, en su domicilio de la calle Adolfo Alsina N° 3728, de la localidad de Villa Martelli, Provincia de Bue nos Aires.

Sólo se cuenta con lo que surge .del relato efectuado al iniciar el expediente N° 18.720, caratulado "LAHERA de Barroca, Emilia

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1396 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1396

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