mayo de 1978 contestó negativamente acerca de la detención de Morandi. .
Más significativa aún, es la respuesta incorporada a fs. 24. 'En ella, se informa que Ariel E. Morandi se encuentra prófugo en las actuaciones labradas por el hallazgo de armas en su domicilio, razón por la cual, subsistía captura contra él.
.A Ariel Eduardo Morandi se lo mantuvo clandestinamente en cautiverio en la "Fábrica de Armas Portátiles Domingo Matheu", por parte de personal de las Fuerzas Armadas o de Seguridad subordinadas al comando operacional del Segundo Cuerpo de Ejército.
Ello se desprende de los dichos aportados por Juan Antonio Rivero, quien detenido el 12 de mayo de 1978, es llevado a ese sitio (ver consideraciones vertidas en el caso 596) donde pudo verificar la presencia de Morandi en condición de detenido, entre otros. En el mismo sentido se expresa Adriana Elba Arce; Ramón Aquiles Ve- rón y Olga R. Moyano (ver también las demás consideraciones ver- . tidas en el .caso 5).
También está probado que Ariel Eduardo Morandi fue sometido a un mecanismo de tortura.
En efecto Ramón Aquiles Verón, quien compartió cautiverio en una caballeriza allí existente, con Morandi, manifestó haber escuchado los gritos de dolor de todos los que componían el grupo de prisioneros. Adriana Elba Arce, mucho más explícita, refiere que — respecto de Morandi se había adoptado una actitud más cruel que " con los demás, expresando que vio, en una oportunidad que aprovechó para correrse las vendas, las huellas que la tortura le había dejado a él, tales como golpes, quemaduras de picana, y especialmente el hecho de habérsele "encendido el cabello", quedando el cuero cabelludo "al rojo vivo". Por su parte, Rivero expresa que Je consta que Morandi fue picaneado y torturado al lado suyo.
No está probado que Ariel Eduardo Morandi recuperó su libertad. . - . Te
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1376
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