Lo que no se ha podido demostrar es que la Cabandié haya permanecido en cautiverio en el lugar conocido como "El Atlético", antes de ser trasladada a ESMA.
Sobre este punto sólo se tienen dichos de familiares vertidos en CONADEP y referencias infundadas de compañeros de detención en la institución de la Armada, sobre su estadía en ese otro centro clandestino. - . Durante su detención se hicieron gestiones ante autoridades para averiguar su paradero y libertad.
En efecto, esto surge del recurso de hábeas corpus interpuesto - a favor de la damnificada por su madre ante el Juzgado Federal Ne 1, Secretaría N° 2 de Capital Federal y que se registra con el N° 9, recurso que fuera rechazado. .
Está acreditado que con motivo de una solicitud judicial la ° autoridad requerida contestó negativamente.
Ello surge de las contestaciones obrantes a fs. 3, Policía Federal, fs. 4, Ministerio del Interior y fs. 6, Estado Mayor del Ejército, Jefatura I, Personal, del hábeas corpus del Juzgado Federal N° 1, ya mencionado. . - Hecha esta verificación, corresponde establecer la posible mendacidad de algunos de estos informes. Como quedó probado, en la detención de Alicia Elena Alfonsín de Cabandié intervino personal dependiente de la Armada Argentina. Si se tiene en cuenta que la fuerza que respondió a tales requerimientos fue el Ejército —cuya participación en el hecho quedó descartada— y la Policía Federal .
"que actuaba subordinada a esa arma, y no a la Armada, cabe con- cluir qué no ha quedado acreditada la existencia de una respuesta falsa. . . No está probado con elemento alguno que Alicia Elena Alfonsín de Cabandié haya recuperado su libertad. - .
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1117
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