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Fallos: 309:1065 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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Lorusso manifiesta haber sido torturado mediánte golpes y —" pasajes de corriente eléctrica, mientras .era interrogado. Ello encuentra corroboración en los dichos de los, testigos antes.

referidos, en cuantó afirman haber sufrido similares formas de tor- — .

turas, coincidiendo asimismo en cuanto a las características de la sala en donde las recibían y en cuanto a los nombres o apodos de . las personas que las llevaban a cabo.

—_ Cobra singular relevancia el testimonio de Darío Emilio Ma- . chado en cuanto refiere que escuchó los gritos que profería la víctima mientras era torturada.

Por último, al tratarse este aspecto en casos' anteriores, quedó demostrado que todos los cautivos de "El Vesubio" eran sometidos a tormentos. — Durante todo ese tiempo o parte de él se le impusieron condiciones inhumanas -de vida y alojamiento.

También ha quedado demostrado a través de los casos anteriores, las infrahumanas condiciones de vida imperantes en "El Vesubio", consistentes en la obligación de los cautivos de permanecer tirados en el piso, atados y con los ojos vendados, con escasa alimentación y en deficientes condiciones de higiene y sanitarias.

Lorusso agrega una circunstancia particular al narrar las difi- .

cultades que tenían para ir al baño, el cual se encontraba alejado, .

debiendo primero pedir permiso a sus guardias, dependiendo el con sentimiento de éstos del humor que ese día tenían. ° , , Guillermo Alberto Lorusso recuperó su libertad el día 19 de mayo de 1979.

Tal circunstancia es relatada por el nombrado, quien manifiesta que luego de permanecer casi dos meses en "El Vesubio" es trasla- .

dado junto a un grupo de personas en su misma situación en una camioneta, atados y encapuchados a un Regimiento, y luego -sucesivamente a una Comisaría y al Penal N° 9, de La Plata, desde donde .

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1065 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1065

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