de la ley 21.392, art. 1, pero no. se opone a que pueda hacerse "por otros medios que igualmente conservan el valor del dinero".
Esto sentado, y puesto que no indica qué gravamen concreto le irroga la aplicación de la norma que emplea el a quo, ni que ella no sea uno de los medios aptos para conservar el valor del dinero, no se hallan rázones para modificar lo decidido en la materia.
Por ello, se confirma la sentencia apelada. Con costas. Notifíquese.
AUGUSTO CÉsar BELLUSCIO — CARLos S. FAYT
— ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JORGE ANTONIO BACQUÉ.
ANTONIO JOSE CUGLIANDOLO v. NACION ARGENTINA
MINISTERIO DE AGRICULTURA y GANADERIA)
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Interpretación de normas y actos comunes. . .
Los. agravios destinados a intentar la revisión de las conclusiones" del a quo referentes a que el caso se habría configurado un supuesto de cesantía encubierta y a la falta de un procedimiento sumarial .pre vio a la prescindibilidad dispuesta. deben ser desechados, pues se " vinculan -con el análisis de temas de hecho, prueba y de derecho común, extremo cuyo conocimiento compete a los jueces de la causa y .
resulta ajeno, "como regla y por su naturaleza, a la instancia extraordinaria (1). .
1) 6 de mayo. Fallos: 307:1204 , 1220. Causas B589. XIX. "Banco de la To Nación Argentina c/Morcillo, Norberto A. s/pago por consignación - acumulado N° 1574/81"; B-100 XX. "Bedini Laredo, Jorge c/Estado Nacional s/nulidad de resolución"; R-13.XX. "Rodríguez de Ritter- .
busch, Martha Miriam c/Estado Nacional (Ministerio de Cultura y n - - ".
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:681
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