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Fallos: 308:419 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales. Varias. . . .

Teniendo en cuenta las facultades del Banco Central y la situación de subordinación en que se encuentra la sindicatura, respecto del juez de la causa, no resulta irrazonable lo dispuesto por el art. 50 de .Ja ley 21.526 'modif. por la 22.529),

FALLO DE LA CORTE SUPREMA -
Buenos Aires, 1 de abril de 1986.

Vistos los autos: "Banco Vicente López Coop. Ltdo. s/quiebra". , Considerando: 1) Que la Sala Segunda de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial de San Isidro rechazó la apelación deducida contra lo resuelto por el juez de primera instancia, en tanto no admitió la inconstitucionalidad del art. 50 de la ley 21.526 (modif.

por la ley 22.529), ni aceptó la solicitud de que se designase a otro síndico en el concurso que no fuera el Banco Central de la República Argentina. Contra esta decisión interpusieron el vicepresidente y el tesorero del Consejo de Administración de la fallida, el recurso extraordinario concedido a fs. 774.

2) Que, en lo que se-refiere a la inconstitucionalidad alegada, el a quo entendió que la norma impugnada no afectaba 'el derecho constitucional de defensa en juicio ni era irrazonable; señaló que la sindicatura es un órgano sometido a las directivas que imparte el juez, y que la establecida en el art. 50 de la ley citada no disponía de facultades incontrolables judicialmente.

3) Que los recurrentes consideran que la norma que atacan de inconstitucional ha puesto en cabeza del Banco Central decisiones que pueden afectar a la masa concursal, y que quedan fuera del debido control judicial; destacan que el citado Banco es en este

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:419 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-308/pagina-419

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