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Fallos: 308:1759 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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a las normas no federales aplicadas, no sustenta "la tacha de arbitrariedad, aún cuando se invoque error en la solución.

. RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios.- Cuestión federal. Cuestiones federales complejas. Inconstitucionalidad de normas y actos nacionales.

No constituye cuestión que habilite la instancia del art. 14 de la ley 48 el hecho de que sea parte en la controversia el Estado Nacional, ni la .

invocación de- que la sentencia apelada deja sin efecto la resolución de una autoridad ejercida en nombre de la Nación, pues cuando en virtud de un recurso de apelación legalmente reglado los jueces. revocan o modifican una decisión administrativa, no se desconoce, a los efectos del remedio federal, la validez de un acto de autoridad nacional.

COSTAS: Personas en litigio. — .

Tratándose del recurso ante el superior tribunal de la causa, que tramitó de conformidad "al art. 13 de la ley 18.695 según el cual el Ministerio de Trabajo alegó ante el Juez federal, en la audiencia que dicha norma prevé, sobre los hechos, la legitimidad de la instrucción sumarial y la procedencia de la sanción y su graduación, procede imponerle las cos tas a dicho ministerio, pues sus funciones van más allá de la defensa de la legalidad de un acto administrativo y permite equipararlo a las partes en las contiendas judiciales y someterlo a los requisitos y responsabilidades impuestas ordinariamente a aquellas.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA .

Vistos los autos: "Jockey Club Pcia. de Buenos Aires s/apela multa". . - Considerando: :

1) Que el señor Juez a cargo del Juzgado Federal N° 3 de La Plata, revocó la disposición N° 407 del -Delegado Regional del Ministerio de Trabajo, que había impuesto al Jockey Club de la Provincia de Buenos Aires una multa por infracción al art. 5, de la ley 18.694, sobre la base de considerar que el retraso en la entrega de certificados de trabajo a quienes habían sido sus empleados obedeció a fuerza mayor. Contra tal pronunciamiento —que también impuso las costas del juicio al Ministerio de Trabajo y Seguridad

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1759 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-308/pagina-1759

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