cumplir un año desde la reincorporación del actor, producida con motivo del cese de sus funciones de colaborador gremial y estimó que las resoluciones de prórroga del mandato invocadas en el pleito debieron entenderse como dirigidas a aquel cargo y no al de delegado gremial sobre la bass de considerar que las mencionadas resoluciones sólo pudieron prorrogar mandatos pero nunca restablecer la vigencia de aquellos vencidos. Ello es así, no sólo porque surge de las actuaciones administrativas que la entidad sindical efectuó los pedidos de ampliación cuando mandatos como los del actor se encontraban vigentes, sino porque además la legitimidad y oportunidad de aquéllas no mereció, en este aspecto, objeción de la empresa demandada (1), .
EDUARDO PERUGINI y OTROS v. NACION ARGENTINA
JUECES.
En virtud de las facultades que le asisten a la Corte con arreglo al art. 16, segunda parte, de la ley 48, se confirma la sentencia apelada —en cuanto ha sido materia de recurso—, disponiéndose que la Subsecretaría de Administración practique el cálculo de liquidación —haberes de magistrados judiciales— de conformidad con las pautas establecidas por el Tribunal (2). .
RICARDO ABALDE y OTRO v. NACION ARGENTINA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.
Fundamento.
Es improcedente el recurso extraordinario contra la sentencia que hizo lugar ai reclamo promovido por empleados de la rama Juego de los Ca- .. (1) 3 de julio. . - - .
2). 8 de julio. Fallos: 308:815 .
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1059
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