que la actualización del monto nominal no hace la deuda más onerosa .
en .su origen, sino que sólo mantiene su valor económico real frente al paulatino envilecimiento de la moneda (1).
COOPERATIVA AGROVITICOLA DE INDUSTRIALIZACION y '
COMERCIALIZACION C.A.V.I.C. LIMITADA v. INSTITUTO NACIONAL
DE VITIVINICULTURA — CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia. .
Corresponde declarar la nulidad de la multa impuesta por el Instituto Nacional de Vitivinicultura si éste no dio intervención a la actora .
—C.A.V.I.C.— en la etapa técnico-analítica a que se refieren los arts. 13 y 17 de la resolución I.N.V. Ne 270/78, lo cual le impidió ejercer su derecho de defensa, ante la responsabilidad que le cabe atento lo preceptuado por el art. 2 de la ley 14.878. Ello es así, pues se prosiguió con la etapa jurídico-sumarial impidiendo a la imputada hacer uso del derecho de contraverificación, ya que al notificarse a C.A.V.I.C.
. la iniciación del sumario había transcurrido con exceso el plazo de cinco días que el art. 6? del decreto 25.715/51 otorga para disponer de las muestras cuyos análisis hubieran sido consentidos, y además, había transcurrido un año y medio desde la extracción de tales muestras y diecisiete meses desde la constatación de que el vino había sido totalmente fraccionado y ya no existía la planta embotelladora, como también de la manifestación de su propietaria de que lo había comercializado en su totalidad. , - 1) 1? de julo. Fallos: 299:146 ; 300:844 , 864. Causas: "Steimberg, José " c/Mana, Silvia A." y "Cía. Financiera Universal c/Santiago del Estero", del 27 de "agosto y 24 de octubre de 1985, y "Cinti, Aldo e/Larrere, Eldo Rubén', del 11 de febrero de 1986.
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1043
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