RENE HUMBERTO GOMEZ v. FAUSTO MORIONES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Interpretación de normas y actos comunes. ..
Es improcedente el recurso extraordinario contra la sentencia que hizo lugar al reclamo de daños y perjuicios derivados de un accidente de trán- H sito. Ello así, pues el tema debatido remite a un problema de hecho, prueba y derecho común, propio de los jueces de la causa y ajeno, en principio, a la instancia del art. 14 de la ley 48, máxime si el fallo impugnado cuenta , con fundamentos suficientes que bastan para sustentarlo y que descartan la tacha de arbitrariedad (1).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Reonisitos prop'os. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Principios generales.
No habilita la insancia extraordinaria, con apoyo en la doctrina de la arbitrariedad, la alegada omisión de tratamiento de algunos e!ementos probatorios, pues los jueces no se encuentran oblicados 2 valorar exhausY tivamente todas las constancias de la causa sino aquéllas que estimen con- ; ducentes para fundar sus decisiones (5).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuessión federal. Opor:unidad. Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extraordinario.
Es improcedente el recurso exraordinario si el apelante no introdujo oportunamente la cuestión federai, pues nada dijo al contestar el traslado del :
memorial de su contraria que importase una proposición concreta de los plantcos que pretende someicr al conocimiento ue la Corte Suprema. En consecuencia, las posteriores a dicha oportunidad comportan reflexiones tardías que no pueden ser atendidas (Voto del doctor José S. Caballero) €).
HERNAN ANTONIO ORDIALES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Interpretación de normas Y de tos comunes.
Corresponde desestimar los agravios que se vinculan con las disposiciones aplicables para determinar el monto y fijar la movilidad del haber de la 1) 30 de abril, Fallos: 285:177 : 302:218 .
2) Fallos: 300:522 : 301:676 .
3) Fallos: 302:194 ; causa: "Pastore, José y otro c/Empresa de Ferrocarriles Argentinos", del 12 de abril de 1984.
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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:592
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