218 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
ROSA OLCESE me SERPICO y. GRACIELA BELLEZE y OTRO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. luterpretación de normas y actos comunes.
No es vnceptible de recurso extraordinario, ¡lada la maturaleza ve federal de has cuestiones que dec de, La sentencia que condenó a pustar Las inten izaciones rectamadas por Li viet ma de un accidente de tránsito al con ductor del vehículo y a quien figuraba cu el Registro Nacional de Propedad Automoto como Etular del dom nio del mamo, en forma solidaria,
FALLO DE 13 CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 8 de abril de 1980 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Ventura Fernández en la causa Oleese Vda. de Serpico, Rosa c/Belleze, Graciela y otro", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1) Que la Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que había condenado a pagar las indemnizaciones reclamadas por la víctima del accidente de tránsito que motivó el pleito. al conductor del vehículo y a quien figuraba en el Registro Nacional de Propiedad Automotor como titular del dominio del mismo, en forma solidaria.
2) Que la mayoría del tribunal a quo estimó insuliciente para csimir de responsabilidad al último de los nombrados el hecho de que con anterioridad al accidente hubiera vendido el automóvil a un tercero, Ello así, toda vez que, amén de no haberse inscripto la transferencia en el registro respectivo, aquél no asumió la carga de citar al proceso al poseedor actual del vehículo.
3") Que lo expuesto basta para advetir la naturaleza no federal de las cuestiones resueltas en los antos principales, circunstancia que,
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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:218
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