para los de fabricación nactoral. Sin embargo, al margen de este distin zo, el espíritu del precepio no resultaría respetado si se admiticra una exención. en razon de su origen extranjero, de la que no gozaba en est epoca Ta adquisición de automotores de fabricación nacional.
BANCO NACIONAL pr DESARROLLO
v. AGUSTIN SCIPIONE y Otros DEPRECIACIÓN MONETARIA: Honorarios.
Es descalificable la regulación ya que, al no repotenciar el mosto por ca pital. tomando en cuenta Le depreciación operada con amteriorida: a da sentencia, Y reconocida en el mimo pronunciamiento. importa privar al profesional interviniente de una adecuada contraprestación. infrineiendo el principio de La fusticia conmutativa y vulreramdo el derecho de propic dad e).
ROSA AMALIA SOMMER Dr VELAZQUEZ
v. MARCO HORACIO MARTIN MAIZFEGUE + Otros CONSTUUCION NACIONAL: Derechos y carantias. Defensa en juicio. Proc dimiento y sentencia, Si bien los jueces 50 están obligados a seguir a las paries en todas sus ale caciones, están indudablemente obligados a pronunciarse sobre los puntos que las partes les proponen y que sean conducentes para la solución del juicio: La emisión de tales cuestiones, expresa y oportunamente planteadas.
afecta la earantia de la defensa en juicio €).
SENTENCIA: Principios venerales.
Es condición de validez de los pronunciamientos judiciales E: evicencia de que éstos cuenten con fundamentos jurídicos serios, de manera de consti muir derivación razonada del derecho vigente con relación a los hechos comprobados de la catisa ().
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente, Es descalificable el pronunciamiento que —al confirmar el de primera ins tancia que había hecho lugar a da demanda que perseguía la adquisición 0) 22 de octubre. Fallos: 301:550 ; 302:1220 , 1345:304 :238, 27 de ocivbre. Fallos: 255:132 ; 294:1317 295:417 ; 298:158 ; 299:101 0 Fallos: 297:03 .
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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:2012
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